Acreditaciones transportistas aéreos

Procedimiento de aprobación de una entidad como Expedidor conocido

 

El Programa Nacional de Seguridad (PNS) establece que los Expedidores conocidos ser谩n aprobados por la Agencia Estatal de Seguridad A茅rea (AESA) conforme al procedimiento establecido en la Instrucci贸n de Seguridad SA-12, la cual establece los procedimientos administrativos que deber谩虂 seguir la Autoridad competente para desempe帽ar sus tareas y responsabilidades. Dicho procedimiento estar谩 sujeto el r茅gimen jur铆dico de las actuaciones de inspecci贸n aeron谩utica definido en la Ley 21/2003, de 7 de julio, de seguridad a茅rea; y el Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de inspecci贸n aeron谩utica.


A continuaci贸n, se indican fases del proceso administrativo de aprobaci贸n de Expedidor conocido recogido en la Instrucci贸n de seguridad SA-12, que deber谩 superar para poder ser incluida su entidad en la 芦Base de datos de la Uni贸n sobre la seguridad de la cadena de suministro禄 (KSDA);

1. Evaluaci贸n documental llevada a cabo por AESA.

2. Evaluaci贸n f铆sica; AESA realizar谩 una inspecci贸n in situ de la instalaci贸n para verificar el grado de cumplimiento del Plan de Seguridad espec铆fico propuesto, a efectos del Art铆culo 15. Actuaciones inspectoras de supervisi贸n seg煤n el Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspecci贸n aeron谩utica.

3. Resoluci贸n emitida por AESA.

4. Inclusi贸n del nuevo Expedidor conocido en la 芦Base de datos de la Uni贸n sobre la seguridad de la cadena de suministro禄 (KSDA).



1. Pasos previos a solicitar la aprobaci贸n de la entidad como KC

 

1.1 Designación de un responsable de seguridad AVSEC-KC

 

Todas las entidades que inicien su proceso de aprobaci贸n como Expedidor conocido deber谩n designar a una persona responsable de la aplicaci贸n y el mantenimiento del Plan de Seguridad desarrollado para el emplazamiento sujeto a la aprobaci贸n.


Es importante tener en cuenta a la hora de designar a la persona que ostentar谩 el cargo de responsable de seguridad que la misma se corresponder谩 de forma biun铆voca entre el Expedidor conocido que lo designe y el emplazamiento donde vaya a solicitarse su aprobaci贸n.


Adem谩s, a efectos de la normativa vigente en materia AVSEC, el responsable de seguridad AVSEC-KC estar谩 sujeto, entre otras, a las siguientes obligaciones:

  • Elaborar y mantener actualizado el Plan de Seguridad;
  • Notificar a AESA siempre que se produzcan variaciones relevantes tanto en los procedimientos de seguridad implantados como en la instalaci贸n aprobada y frente a cualquier cambio que se produzca, en las competencias en materia de seguridad a茅rea asignadas, dentro del marco de su organizaci贸n;
  • Supervisar la calidad de ejecuci贸n y eficacia en la aplicaci贸n de los requisitos normativos tanto del personal propio como del subcontratado dentro del 谩mbito AVSEC;
  • Garantizar la difusi贸n restringida en materia de seguridad a茅rea de los documentos de la organizaci贸n a todo el personal con acceso a la mercanc铆a a茅rea reconocible, que opere en la instalaci贸n donde ha sido designado como responsable de seguridad;
  • Supervisar y mantener actualizada la formaci贸n del personal que compone su colectivo AVSEC-KC, as铆 como garantizar un proceso de selecci贸n acorde a la norma;
  • Elaborar y mantener una relaci贸n actualizada de usuarios que tengan acceso autorizado a la 芦Base de datos de la Uni贸n sobre la seguridad de la cadena de suministro禄, as铆 como el establecimiento de procedimientos garantistas de identificaci贸n y autenticaci贸n para dicho acceso;
  • Velar por la utilizaci贸n del c贸digo URN de forma exclusiva e intransferible para las declaraciones de seguridad emitidas por el Agente acreditado;
  • Determinar las medidas correctoras m谩s adecuadas, en funci贸n de las posibles no conformidades establecidas en los informes de actuaciones de inspecci贸n aeron谩utica desarrolladas por AESA, y garantizar su implantaci贸n m谩s eficaz;
  • Establecer procedimientos de control interno de calidad para verificar el cumplimiento de los m茅todos y procedimientos descritos en el Plan de Seguridad acorde a la normativa vigente;

隆Atenci贸n!; El presente listado refleja un mero ejemplo de algunas de las responsabilidades que contraen los responsables de seguridad de Expedidores conocidos por lo que no exime del debido cumplimiento del resto de los requisitos incluidos en la normativa vigente.

 

1.2 Superar la certificaci贸n del responsable de seguridad AVSEC-KC

 

Para obtener informaci贸n sobre el proceso de certificaci贸n dir铆jase al apartado Certificaci贸n de responsables de seguridad AVSEC-KC

 

 

2. Procedimiento de aprobaci贸n de la entidad como Expedidor conocido

 

2.1. Evaluaci贸n documental

 

Una vez la persona designada como responsable de seguridad AVSEC-KC por la entidad haya superado tanto la valoraci贸n de idoneidad como el Procedimiento de certificaci贸n de responsable de seguridad AVSEC-KC podr谩 solicitar a trav茅s de la presente web AVSEC CARGO y la sede electr贸nica de AESA el inicio del proceso de aprobaci贸n de su entidad como Expedidor conocido.

 

Durante el proceso de aprobaci贸n el solicitante deber谩 presentar un Plan de Seguridad a AESA, en el cual se describir谩n los m茅todos y procedimientos que van a seguir con el objetivo de implementar las disposiciones del cap铆tulo 6 del Programa Nacional de Seguridad (PNS).

 

2.2. Evaluaci贸n f铆sica de la instalaci贸n y resoluci贸n de AESA

 

AESA realizar谩 una inspecci贸n in situ de la instalaci贸n para verificar el grado de cumplimiento del Plan de Seguridad espec铆fico propuesto, a efectos del Art铆culo 15. Actuaciones inspectoras de supervisi贸n seg煤n el Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspecci贸n aeron谩utica.

 

Una vez realizada la visita a la instalaci贸n solicitante, si AESA considera satisfactoria la informaci贸n aportada en las fases anteriormente citadas, proceder谩 a la introducci贸n de los datos necesarios del nuevo Expedidor conocido en la 芦Base de datos de la Uni贸n sobre la seguridad de la cadena de suministro禄 asign谩ndole虂 un c贸digo de identificaci贸n alfanum茅rico 煤nico (c贸digo URN).

 

En cambio, si AESA no considera satisfactoria la informaci贸n aportada en las fases anteriormente citadas, notificar谩 de tal hecho a la entidad solicitante y emitir谩 una resoluci贸n de denegaci贸n de la aprobaci贸n que podr谩虂 conllevar la inhabilitaci贸n de la entidad para poder presentarse a un nuevo proceso de aprobaci贸n durante un per铆odo m铆nimo de 12 meses, a contar desde la fecha de emisi贸n de dicha resoluci贸n.


隆Atenci贸n!; Ning煤n Expedidor conocido se considerara虂 aprobado como tal hasta que sus datos se introduzcan en la 芦Base de datos de la Uni贸n sobre la seguridad de la cadena de suministro禄 (KSDA).


2.3. Iniciar la solicitud

 

La solicitud constar谩 de dos partes y deber谩n completarse en su totalidad para poder ser aceptada y tramitada;

1. Para iniciar el proceso de aprobaci贸n de su entidad como Expedidor conocido (KC) el responsable de seguridad AVSEC-KC deber谩 presentar a trav茅s de la sede electr贸nica de AESA su solicitud inicial.

2. Adicionalmente, deber谩 pinchar AQU脥 para poner en marcha el procedimiento de aprobaci贸n de su entidad como Expedidor conocido a trav茅s de la web AVSEC CARGO.