El Programa Nacional de Seguridad (PNS) establece que los Transportista aprobado (AH) ser谩n aprobados por la Agencia Estatal de Seguridad A茅rea (AESA), la cual establece los procedimientos administrativos que deber谩虂 seguir la Autoridad competente para desempe帽ar sus tareas y responsabilidades. Dicho procedimiento estar谩 sujeto el r茅gimen jur铆dico de las actuaciones de inspecci贸n aeron谩utica definido en la Ley 21/2003, de 7 de julio, de seguridad a茅rea; y el Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de inspecci贸n aeron谩utica.
1. Solicitud AVSEC CARGO
Una vez obtenida la certificaci贸n del Responsable de Seguridad AH, el mismo elaborar谩 y presentar谩 ante AESA, mediante la plataforma AVSEC CARGO, la Solicitud de aprobaci贸n AH. Esta solicitud deber谩 ir acompa帽ada de la documentaci贸n que se indica a continuaci贸n:
1.1 Revisión preliminar de la solicitud
El equipo t茅cnico del SSC, bajo la supervisi贸n del Jefe del SSC, verificar谩 que la solicitud incluye toda la informaci贸n solicitada para iniciar el tr谩mite de aprobaci贸n.
Si se detectan errores u omisiones de informaci贸n en la solicitud presentada, el Jefe del SSC firmar谩 y emitir谩 oficio donde se detallar谩 las correcciones necesarias para considerar apta la solicitud presentada y otorgar谩 un plazo de 10 d铆as h谩biles para presentar las evidencias que subsanen las discrepancias detectadas. En los casos en los que la documentaci贸n presente errores u omisiones que impidan comprobar, de manera pertinente y exhaustiva, la conformidad de los m茅todos y procedimientos respecto a los requisitos del Reglamento (CE) n.潞 300/2008 y sus actos de aplicaci贸n, el equipo t茅cnico del SSC, de acuerdo con el Jefe del SSC, programar谩 una supervisi贸n completa, que incluir谩:
La verificaci贸n in situ cubrir谩 al menos una de las ubicaciones operativas pertenecientes a la red del transportista.
Por el contrario, si la informaci贸n de la solicitud es correcta el equipo t茅cnico del SSC podr谩 junto al Jefe del SSC, programar una supervisi贸n documental compuesta por una entrevista rigurosa con el responsable de la aplicaci贸n del programa de seguridad, de las operaciones y procedimientos pertinentes.
En ambos los casos, la decisi贸n motivada 鈥攕ea supervisi贸n completa o documental鈥 se comunicar谩 por escrito a la entidad solicitante, especificando los pasos a seguir y los plazos previstos en cada caso.
1.2 Supervisi贸n
El personal t茅cnico del Servicio de Seguridad de la Carga (SSC) constituir谩 el equipo encargado de gestionar el expediente. El cual, en primer lugar, llevar谩 a cabo una evaluaci贸n documental de la documentaci贸n presentada. Las disconformidades que pudieran ser detectadas se comunicar谩 a la entidad solicitante a trav茅s de la web AVSEC CARGO.
Asimismo, en los casos que sean de aplicaci贸n, el equipo auditor llevar谩 a cabo una evaluaci贸n f铆sica de la instalaci贸n objeto de supervisi贸n. Las disconformidades que pudieran ser detectadas se plasmar谩n en un parte o informe t茅cnico, ante el cual la entidad auditada tendr谩 derecho de alegar, presentar acciones correctoras y medias de subsanaci贸n.
1.3 Resoluci贸n
Una vez finalizada la evaluaci贸n de toda la informaci贸n recogida durante las distintas fases de la supervisi贸n, el personal actuario junto al Jefe del SSC y Jefe/a de Divisi贸n de Seguridad de la Aviaci贸n Civil, proceder谩n a la notificaci贸n de los resultados del proceso de aprobaci贸n de la entidad solicitante.
Si, tras la supervisi贸n, persisten deficiencias sin subsanar, se emitir谩 la Propuesta de resoluci贸n negativa de aprobaci贸n, documento con lo que se pondr谩 fin al procedimiento.
Por el contrario, si el resultado de la supervisi贸n es positivo, el/la Jefe/a de la Divisi贸n de Seguridad de la Aviaci贸n Civil proceder谩 a asignar un c贸digo alfanum茅rico 煤nico e intransferible, el cual ser谩 debidamente registrado en la Base de datos de la cadena de suministros de la Uni贸n Europea (KSDA2).